La vigilancia de Piscinas o Natatorios tiene como objetivo principal regular los aspectos técnicos administrativos para el diseño, operación, y control sanitaria.
Ámbito de Aplicación
Piscinas públicas y privadas de uso colectivo.
Excluye: Piscinas de uso particular, piscinas de aguas naturales termales, hidroterapia y otras destinadas al uso medicinal.
Asimismo la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, a través de la Dirección de Saneamiento Básico, ha realizado la Inspección Sanitaria a las Piscinas
- “JOSÉ SCHMID PETER BAUMAN” Municipalidad de Alto Selva Alegre,
- TEMPERADA y no TEMPERADA “CLUB INTERNACIONAL”.
- “PADRE EMILIO ACEVEDO VARGAS” Municipalidad de Mariano Melgar
- “LA RECOLETA”.
- “CARPAYITOS”.
Otorgándosele la Calificación de Piscinas Saludables en conformidad a la Directiva Sanitaria
Nº 033 MINSA/DIGESA – V. 01 RM Nº 484-2010/MINSA.