La Ley del Sistema de Defensa Nacional (Decreto Legislativo N° 743) establece en su Artículo 48° que “Los Ministerios y Organismos Públicos planean, programan y ejecutan las acciones de Defensa Nacional de sus específicas responsabilidades. Para el cumplimiento de sus funciones cuentan con Oficinas de Defensa Nacional que dependen de la más alta autoridad de su entidad.”
Por otro lado, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil (D.S. N° 005-88-SGMD) señala en su Artículo 13° que “Conforme a la Ley, es obligatorio que en cada Organismo del Sector Público se ejerza la función de Defensa Civil. La jerarquía de la unidad orgánica que se constituya depende de la complejidad, cobertura y magnitud del organismo. De modo general el presente Reglamento las denomina Oficinas.”
Además, la Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional (Ley N° 28748) establece que “Los Ministerios, Organismos Públicos y Gobiernos Regionales son los elementos de ejecución del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, encargados de planear, programar,ejecutar y supervisar, las acciones de defensa nacional, en las áreas específicas de responsabilidad. Para el cumplimiento de estas funciones cuentan con oficinas de defensa nacional, que dependen de la más alta autoridad de la institución.”
En cumplimiento de lo mencionado, La Gerencia de Salud del Gobierno Regional Arequipa cuenta con la Oficina de Prevención y Control de Emergencias y Desastres, encargada de conducir, regular y promover en forma oportuna, el manejo de las emergencias y desastres del sector salud a nivel regional; teniendo en cuenta la gestión de riesgos, atención de daños y la recuperación de la salud de las personas.
La región Arequipa por sus características geográficas, está permanentemente amenzada por sucesos naturales como terremotos, tsunamis, temporada de frio, sequía, erupción volcánica, etc. y producidos por la actividad humana como incendios, accidentes de tránsito entre otros; que pueden desencadenar en desastres de considerable magnitud debido a la alta vulnerabilidad de la población expuesta, con consecuencias directas sobre la vida y la salud de las personas, la economía, el ambiente, así como el funcionamiento de los servicios de salud.
La Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud (OGDN-MINSA), encuentra su razón de ser y sus dos campos de acción:
* La Defensa Nacional es el primer campo de acción y consiste en identificar los factores que dificultan el logro de los objetivos nacionales, sectoriales e institucionales de mejores niveles de salud, especialmente en los estratos de menor desarrollo relativo y en las poblaciones de la comunidades nativas. Una vez identificadas esas dificultades, se proponen las acciones destinadas a superarlas, además de facilitar la ejecución de dichas acciones.
* El segundo campo de acción hace referencia al manejo de emergencias y desastres que alteran significativamente la situación de la salud de la población y la capacidad de oferta de los servicios de salud. Aquí, la gestión se orienta a un conjunto de actividades de carácter preventivo y de mitigación, de respuesta o de recuperación de las condiciones normales: antes, durante y después de la emergencia, desde la perspectiva de salud.
En resumen, la OGDN-MINSA como la Oficina Sectorial de los Sistemas de Defensa Nacional y de Defensa Civil, basa su accionar en:
1. El conocimiento de la situación de salud. 2. La identificación de los obstáculos que limitan o impiden el logro de los objetivos sectoriales e institucionales, así como el accionar de los programas de salud. 3. La identificación de los riesgos de emergencias y desastres que puedan alterar significativamente los actuales niveles de salud, así como la alteración del equilibrio oferta/demanda de los servicios de salud tanto en cobertura como en capacidad de resolución. 4. La determinación de las capacidades y limitaciones sectoriales e institucionales para hacer frente a los obstáculos y riesgos identificados. 5. La eliminación o debilitamiento de los obstáculos.
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